Código de señales

Inmersos como estamos estos días en un clima espeso y desagrable de enfrentamientos, confrontaciones y choques de trenes, sería deseable que las partes en conficto aceptaran unas mínimas normas de conducta a fin de evitar daños innecesarios al resto de ciudadanos. Podrían atenerse, por ejemplo, al antiguo Reglamento de señales de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles, publicado en 1949 en 1948 y que constituye un modelo de claridad y precisión. 

Según dicho reglamento, lo primero y principal (Capítulo Primero, "Generalidades") consiste en que:

Todos los agentes, cualquiera que sea su categoría, deben obediencia absoluta e inmediata a las señales.   

Lo segundo, también de obligado cumplimiento, es la "marcha a la vista":

La "marcha a la vista" impone al Maquinista la obligación de ir observando la vía con la máxima atención y de regular la velocidad del manera que pueda detenerlo ante cualquier obstáculo o señal de alto.

Entre las señales más importantes están las fijas y las manuales. 

1) Señales fijas

Son las que, de modo permanente o temporal, están colocadas en puntos determinados de la vía o de las estaciones. Las hay de diversas clases: avanzadas, de parada absoluta, de bloqueo automático, permisivas... Especial atención requieren las de limitación de velocidad y de paradas temporales, tales como estas:

 


 

2) Señales manuales.

Se incluyen en este grupo, entre otras, las de parada, precaución y vía libre. Ojo a las órdenes de maniobra que da el Jefe de Estación o Factor de circulación al Maquinista: 

 


 

Además, de las señales de carácter general, hay que tener en cuenta las específicas de determinadas líneas ferroviarias. Por ejemplo estas:  

 

 

25. Madrid a Hendaya.

26. Zaragoza a Barcelona (por Caspe)

27. Barcelona a Cerbère.

28. Barcelona a Empalme (por Mataró).  

 

En cualquier caso, si este reglamento no sirve, hay otros. 

 

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